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Martes,07 de Septiembre de 2010
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Inicio Ediciones Edición 103 “Sólo alcanza para pagar impuestos”. Servicios públicos domiciliarios

“Sólo alcanza para pagar impuestos”. Servicios públicos domiciliarios

Pero hay más. Cuando no se puede pagar y tampoco se alcanza a negociar la deuda, la empresa quita el contador, que es propiedad del habitante de la casa, el cual por supuesto ya lo pagó. Al decir de los habitantes del barrio, el pago de los impuestos se ha vuelto imposible. Es tal la situación que de un barrio con 7.500 hatitantes el 10 por ciento está desconectada y el resto ha renegociado su deuda. Con pocas excepciones la gente está al día y no anda angustiada por las deudas. Pero vienen más gastos. Gas Natural está cobrando 25.540 pesos a cada cliente (ya no son usuarios) por revisar el estado de las instalaciones. De acuerdo a ellos, así lo establece la Ley. Y Ley es ley. De igual manera, la Empresa de Energía anunció durante el foro que también empieza a cobrar el mantenimiento de las redes. Pero todo tiene un límite, y esta comunidad ya está llegando a él. No aceptan pagar estas nuevas tarifas, y avanzan con habitantes de otros barrios a movilizarse para que así sea. La situación es paradójica. Los recursos naturales son de todos pero ahora están en manos privadas, convirtiéndose en un calvario para millones de colombianos. El agua de nuestros ríos, la luz que produce esta agua a través de las generadoras de energía, el gas que sale de nuestros pozos, todos y cada uno de estos recursos ya son ajenos. Son de las multinacionales. Mientras la pobreza crece, la empresa dueña del gas domiciliario (Gas natural) se ganó en el sólo año 2004, setenta mil millones de pesos. Emgesa llegó a la cifra de doscientos cuarenta y tres mil quinientos treinta y ocho millones de pesos, Codensa acumuló doscientos treinta y dos mil seiscientos cincuenta y ocho millones de pesos, Comcel acumuló ciento treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y nueve millones de pesos, Movistar registró ciento setenta y ocho mil cuatrocientos veintiún millones de pesos más en sus arcas. Por el lado de las empresas que aún son públicas, la ETB logró ciento ochenta y tres mil novecientos veintidós millones de pesos y las empresas Públicas de Medellín reunieron ganancias por setecientos cuarenta mil seiscientos diez millones de pesos. No puede ser que mientras unos sufren y ven como sus vidas cada día son más difíciles, otros –unos pocos- vivan en la abundancia del oro. No es casual, por tanto, que la comunidad se proponga, junto con numerosos sectores sociales, liderar la derogación de la Ley 142/94. Al tiempo, mientras se reúnen las fuerzas necesarias para que esto sea una realidad, imaginan la manera de asegurar a todos los colombianos servicios públicos eficientes, adecuados y módicos. Testimonio: “Llevo 4 años sin luz” Cuando dieron el paso a las preguntas de los asistentes al foro, no se quedó en silencio. Llevaba con ella la desconfianza digna de quien ha sido engañada, y la rabia de quien sufre las consecuencias de la injusticia. Pequeña, mestiza, el pelo recogido, la sonrisa mostrando el paso de los años y la falta de atención médica, el hablar rápido y golpeado, la mirada altiva. Al salir del recinto la abordé. La saludé y al preguntarle si tenía servicios públicos en la casa, no me dio tiempo de terminar: “Llevó cuatro años sin luz. Cocino con gasolina y de cuando en cuando paso donde las vecinas a ver unos minutos de televisión. A veces, pues tampoco es necesaria. Me cortaron el servicio por que mi deuda ya llegaba a ochocientos mil pesos. Fui a renegociarla y me pusieron una cuota inicial de trescientos mil. ¿De dónde puedo sacar yo esa cantidad? Eso sin sumar que el contador sigue marcando. Es imposible ponerse al día. Los ingresos son nada y los gastos muchos. Aún no he podido terminar la casa, todavía está en latas. Trato de avanzar pero las oportunidades son pocas. Yo no les creo a estos funcionarios, aquí dicen que tienen programas sociales, pero cuando una esta jodida y va a solicitar oportunidades no salen con nada”. Recuadro El caso Empresas Públicas de Medellín (EPM) Por: Gonzalo Alvaréz La ley 142 de 1994 para los Servicios Públicos Domiciliarios impuso en el país un modelo para la prestación de estos servicios. El modelo fue justificado con el argumento de que las malas condiciones del servicio se debían al manejo burocrático y corrupto del estado. Se dijo que bajo el manejo del sector privado las cosas iban a ser mejor. Fue así como la ley abrió las puertas a la participación de los particulares en el sector de los servicios públicos, y dejó como función central para el estado la supervisión. Por este camino fueron cayendo todas las empresas en manos particulares, empezando por las más débiles económica u organizativamente. Hoy quieren que el turno sea para las Empresas Públicas de Medellín (EPM). Pero en este caso no pueden utilizar los mismo argumentos, o mejor dicho no existe un argumento. Como se sabe, cada año estas empresas generan cientos de millones en ganancias, producto de sus servicios integrados, caso único en el mundo, lo que representa su más importante fortaleza. Desde esta experiencia se ha ganado el título de la primera empresa de servicios públicos de América Latina y modelo de gestión pública en Colombia. La excusa en esta oportunidad, para quienes pretenden privatizarla, es que EPM, para poder competir, y en particular frente al mercado de las telecomunicaciones, necesita crear una empresa aparte que maneje este sector. Según sus promotores, esta nueva empresa tendría más capacidad de competencia frente a un sector que impone retos por su dinamismo constante. Pero además argumentan, que esta escisión es una forma de proteger a los demás servicios que presta EPM, al separarlos del sector más vulnerable. Argumento contradictorio, pues si se toma en cuenta el razonamiento inicial, no se pretende que la nueva empresa de telecomunicaciones prospere sino que sea absorbida por el mercado. Esto se ratifica al no permitir que la naciente empresa maneje la telefonía celular, baluarte de las telecomunicaciones modernas y fortaleza para la competencia. A la mano tenemos un ejemplo: Telecom. El proceso enunciado se realizaría bajo la figura jurídica de una sociedad oficial por acciones, del tipo de las anónimas, cuyo patrimonio neto y sus actos administrativos se regirían por el Código de Comercio y el derecho privado, lo que significa que la circulación de las acciones será libre. Los socios que supuestamente constituirían una sociedad competitiva se caracterizan por su debilidad: Empresas Varias de Medellín, el Instituto de Deportes, el EDU y MetroSalud. Implicaciones de este hecho De conformidad con el artículo 3 de sus estatutos, las EPM “tienen como objeto social la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía, distribución de gas combustible, telefonía fija pública básica conmutada y telefonía local móvil, en el sector rural, y demás servicios de telecomunicaciones. Podrá también prestar el servicio público domiciliario de aseo, así como las actividades complementarias propias de cada uno de estos servicios públicos y el tratamiento y aprovechamiento de las basuras”. Por eso, al escindir la propiedad de las telecomunicaciones, se modifica el patrimonio, la estructura administrativa y el objeto social de EPM y de los socios. El señor alcalde, Sergio Fajardo, pretende que mediante el proyecto de acuerdo 135 de 2005, se le concedan las facultades que le permitirían modificar los artículos 3 y 4 de los estatutos de EPM., desconociendo que el Acuerdo No. 12 de 1998, en su artículo 29, dispuso que cualquier reforma a los estatutos tiene que ser por medio de un acuerdo aprobado por el Concejo. Otro elemento a tener en cuenta, es que este proyecto de acuerdo no contempla la modificación del objeto social de las EPM, dejando en el limbo jurídico el resto de la empresa y a los trabajadores. Esta situación de indefinición en la que quedaría el objeto social de la empresa busca simplemente crear una situación de confusión para que se puedan hacer múltiples interpretaciones, que se traducen en dejar la puerta abierta para que entre el capital privado lentamente a fragmentar la empresa. Finalmente, encontramos que detrás del gigante mercado que maneja esta exitosa empresa pública, está la presión de capitales internacionales. La intención del modelo que trajo la ley 142 de 1994, esta más que demostrado. Si bien es cierto que EPM no esta fuera de las reglas del mercado, por lo tanto no es un modelo alternativo, por ejemplo con respecto a las tarifas; si debemos tener en cuenta que el capital de esta empresa es público, y por lo tanto es un patrimonio que puede aportar mucho a la ciudad, especialmente si su gobierno representa los intereses de la ciudadanía. Frente a la situación de la empresa, el capitulo de servicios públicos de la Gran Coalición, plantea que luego de hacer la comparación de las ventajas y desventajas entre la empresa oficial y una empresa industrial y comercial del estado, se llegue a la conclusión que lo más conveniente para la ciudad de Medellín y el Departamento de Antioquia, es una empresa industrial y comercial de estado que preste todos los servicios que se contemplan en el objeto social y recurriendo a la vez a la figura de alianzas estratégicas, en los términos del artículo 18 de la ley 142 de 1994. • Resumen de ponencia presentada al Concejo de Medellín. Coordinador del Capitulo de Servicios Públicos, Gran Coalición Democrática, capítulo Medellín Cuadro Servicios suscritos suspendidos a septiembre 30 de 2004 Estratos 1 al 6 Aguas Energía Gas Telecomunicaciones 66.324 69.805 92.556 3.651 Servicios suspendidos en enero y febrero de 2005 ( Contraloría General de Medellín) Empresa Enero 2005 Febrero 2005 Variación % Aguas 66.762 67.075 3.13 0% Energía 71.911 72.526 6.115 1% Gas 4.148 4.336 1.88 5% Telefonía 125.762 130.551 4.789 4% Servicios VLR 93.817 95.180 1.363 1% Agregado A mayo 31 de 2005-07 Aguas Energía Telefonía 64.604 68.699 108.658
 


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