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Historia de la radio comunitaria en Bogotá

Con la Sentencia 460/06, proferida por la Corte Constitucional, la posiblidad de que la radio comunitaria tenga aciento en las ciudades capitales toma cuerpo. En junio de 2007 el Ministerio de Comunicaciones abre la primera convocatoria para las mismas, ampliándola meses después para ciudades como Medellín, Cali, Bogotá y Barranquilla. Recientemente fueron seleccionadas las propuestas que respondieron a la convocatoria. En Bogotá contarémos con 4 emisoras nacidas del esfuerzo comunitario.

Historia de los altoparlantes

La radio comunitaria se gesta en la capital del país como resultado de procesos de organización social. Sus inicios se escuchan a través de altoparlantes comunales en los barrios periféricos de la ciudad. La localidad de Usme se convierte en el primer escenario donde se sueña con la posibilidad de un medio local que exprese el sentir de la gente. Allí, un grupo de jóvenes apoyados por las juntas de acción comunal y el Programa de Promoción Profesional Popular Urbano del Sena logra producir un noticiero local que se distribuye en casetes semanales a más de 30 barrios de la localidad, con el propósito de que los líderes comunales lo transmitan por sus altoparlantes todos los domingos a las 9 de la mañana.

Y entonces, luego de una histórica primera emisión de 15 minutos, esta quijotesca iniciativa se convierte en todo un acontecimiento social: la emisora por altoparlantes capta la atención de los habitantes de Usme. El domingo es todo un ritual en el que familias enteras salgan a las azoteas de sus casas, o en las puertas de sus casas, a escuchar la emisión de su noticiero comunitario.

Así nace la radio comunitaria en Bogotá, por altoparlantes. La experiencia se multiplican, con otros grupos, en otras localidades … y el sueño se vuelve colectivo. Surgen entonces experiencias similares en Ciudad Bolívar, Suba, Kennedy, Uribe Uribe, Santa Fe, incluso con algunas curiosidades: en Kennedy, alguien arma una bicicleta y le monta un parlante para salir por los barrios de Patio Bonito a contar las noticias del sector: es “La Radiocicleta”.

Fiesta de la palabra

Después vendrá una etapa de apoyo institucional que sirve para visibilizar y cualificar con capacitación a los gomosos radialistas comunitarios, ya que muchos eran líderes sociales que aprenden el oficio en forma empírica. El proyecto se denomina “Fiesta de la Palabra”, en el cual concurren, por ejemplo, el proyecto Enlace, del Ministerio de Comunicaciones; Colcultura, la Unidad Coordinadora de Prevención Integral, el Sena, Enda América Latina. Estas entidades financian un espacio radial a través de una emisora comercial en la cual los colectivos de comunicación locales desarrollan su trabajo.

Ya un poco más maduros, muchos de estos colectivos de comunicación, y los nuevos que surgen en el transcurso de los últimos 10 años, deciden lanzarse al aíre, y así comienzan a aparecer en Bogotá las primeras radios comunitarias en el dial, desafiando la prohibición de emitir sin licencia.

“Un saludo a los amigos de los barrios El Consuelo y El Dorado que escuchan a esta hora nuestra emisora Ecos a través de la frecuencia 88.4 F.M.”. Los del combo de Ecos de Centro Oriente fueron los primeros en salir al aire, todos los días, después de las seis de la tarde; con el tiempo, la comunidad ya sabía que podía sintonizarlos a la hora de comida.

Ya por esa época, el marco legal de la radio comunitaria, que se logró gracias a un gran movimiento social, llevó a que el Ministerio de Comunicaciones adjudicara en 1997 más de 500 licencias para el funcionamiento de estas estaciones en todo el país. Sin embargo, Bogotá y las otras ciudades capitales fueron excluidas de esta conquista, por determinación expresa del Ministerio de Comunicaciones.

Comienzan las persecuciones

Queda un sentimiento de frustración: muchos líderes de este gran movimiento social –que logró el marco legal para la radio comunitaria– eran precisamente radialistas de Bogotá y Medellín. Ahora quedaban por fuera de la fiesta y con la prohibición de entrar en ella.

Y ahí empieza otra historia: el capítulo de las persecuciones. A los del combo de Ecos de Centro Oriente les decomisan sus equipos con el argumento de que son ilegales y de paso les acaban su proceso organizativo. Y no solamente a ellos. Otras iniciativas corren con la misma suerte en Ciudad Bolívar, Fontibón, Suba, Usme, Tunjuelito y San Cristóbal. El Ministerio de Comunicaciones desarrolla una cruzada para acabar con cualquier vestigio de radio comunitaria en la ciudad.

La emisora Vientos Stereo (que emite desde la localidad de San Cristóbal) también es perseguida y obligada a salir del aire. Una caravana de vehículos de la Fiscalía y la Dijin surcan las lomas del suroriente para llevarse hasta el último cable de la emisora. En esas circunstancias las emisioines se apagan por un tiempo, pero los mismos oyentes piden su regreso y la estación vuelve al dial. Por más de cinco años se emite en medio de esta incertidumbre, apagando por ratos, volviendo al aire, con el riesgo de que los equipos sean decomisados. Lo mismo sucede con experiencias en otras áreas de Bogotá.

Acción de tutela

Por iniciativa de un grupo de 15 organizaciones de radio comunitaria de Bogotá, encabezadas por la Red Colombiana de Radio Comunitaria (Recorra) y la Red Distrital de Radio Comunitaria “Antena Ciudadana”, se inicia un proceso legal basado en las peticiones que durante más de 10 años se le habían hecho al Ministerio de Comunicaciones. En medio de este panorama surge una salida: a finales de 2004, un colectivo de abogados dirigido por el doctor Rodrigo Uprimni, y con el acompañamiento de Planeta Paz se interesa en el caso, dándose a la tarea de interponer una Acción de Tutela.

La Acción de Tutela es negada por los jueces de primera y segunda instancia, pero la Corte Constitucional decide revisar el caso en marzo de 2006. Los magistrados estudian el proceso y fallan a favor en julio del mismo año, estableciendo por primera vez una jurisprudencia sobre el tema.

La Sentencia 460/06, proferida por la Corte, parte en dos la historia de la radio comunitaria en el país. ¿Por qué razón? El fallo define las iniciativas de los ciudadanos por crear emisoras comunitarias como expresión de derecho fundamental; es decir, le da status constitucional y por tanto lo hace tutelable.

Otro aspecto fundamental de esta sentencia de la Corte Constitucional es que –si bien es cierto que las emisoras comunitarias requieren la obtención de una licencia para operar legalmente, debido al uso del espectro electromagnético, que es de propiedad del Estado– las autoridades no pueden transformar el otorgamiento de esa licencia en una forma de control previo ni de censura. En tal sentido, la Corte dice textualmente: “El referido requisito [el de la licencia] no puede convertirse ni en una forma de censura ni en un obstáculo desproporcionado el ejercicio de este derecho”.

Se abre la convocatoria para las ciudades

Gracias a la Acción de Tutela y la sentencia de la Corte Constitucional, el Ministerio de Comunicaciones abre convocatorias para emisoras comunitarias en ciudades capitales. De esta manera, en junio de 2007 se presenta la primera para Tunja, Riohacha, Quibdó, Mitú y Puerto Carreño. Meses después, una segunda convocatoria se abre para otros 15 centros urbanos: Armenia, Bucaramanga, Cartagena, Cúcuta, Ibagué, Manizales, Montería, Neiva, Pasto, Pereira, Popayán, Santa Marta, Sincelejo, Valledupar y Villavicencio. Finalmente, una tercera convocatoria se abre para Bogotá, Calí, Medellín y Barranquilla. Son en su conjunto más de 60 emisoras comunitarias que operarán en ciudades del país. Un gran logro para democratizar los medios comunitarios.


Marco legal de la radio comunitaria en Colombia

La radiodifusión sonora comunitaria en Colombia está reglamentada por el Decreto 2805 de 2008, que la determina como servicio público de telecomunicaciones sin ánimo de lucro. Sólo se puede acceder a ella como comunidad organizada, entendida ésta como “asociación de derecho, sin ánimo de lucro, integrada por personas naturales y/o jurídicas, en la que sus integrantes estén unidos por lazos de vecindad y colaboración mutuos en beneficio del desarrollo local y la participación comunitaria”.

Esto significa que pueden ser concesionarios de la prestación del servicio de radiodifusión comunitaria las asociaciones, corporaciones, fundaciones, cooperativas, federaciones, organizaciones populares de vivienda, entidades culturales y ambientalistas, precooperativas, juntas de acción comunal, iglesias católicas o cristianas, organizaciones gremiales de pensionados, cabildos indígenas, etcétera.

Dentro de las características más importantes de una emisora comunitaria podemos destacar las siguientes:

•    Son estaciones de radio de cobertura local, denominadas clase D en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora. Su potencia en los municipios no sobrepasa los 250 vatios en la banda de FM. En las ciudades capitales, su potencia oscilará entre 10 y 50 vatios, dependiendo del área de cobertura, también en la banda de FM.
•    El Titulo V del Decreto 2805 de 2008 establece que la Radiodifusión Sonora “es un servicio público participativo y pluralista, orientado a satisfacer necesidades de comunicación en el municipio o área objeto de cubrimiento; a facilitar el ejercicio del derecho a la información y la participación de sus habitantes, a través de programas radiales realizados por distintos sectores del municipio, de manera que promueva el desarrollo social, la convivencia pacífica, los valores democráticos, la construcción de ciudadanía y el fortalecimiento de identidades culturales y sociales. Por tanto, todos los concesionarios tendrán la obligación de ajustar sus programas a los fines indicados”.
•    Los concesionarios de radio comunitaria deben conformar una junta de programación que se encargará de formular y seguir políticas, planes y programas en materia de programación de la emisora. La junta de programación estará integrada por diversas organizaciones sociales del municipio (de la localidad, para el caso de Bogotá) y también instituciones locales. Cada organización representa un sector, por ejemplo: arte y cultura, desarrollo comunitario, educación, salud, economía y empleo.
•    Dentro de las limitaciones para las emisoras comunitarias encontramos que no pueden transmitir publicidad política ni programas con fines proselitistas; tampoco podrán encadenarse, y solamente en forma ocasional podrán efectuar transmisiones simultáneas de programas de interés común, pero sin llegar a constituir una cadena radial.

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