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El gobierno le falló otra vez a la seguridad social

El gobierno le falló otra vez a la seguridad social

Las pensiones hacen parte del conjunto de derechos de los ciudadanos comprendidos en la Seguridad Social Integral, que por mandato constitucional el Estado debe cumplir. En un Estado Social de Derecho, ante todo se debe garantizar la protección del ciudadano en las diferentes etapas de su vida, lo que para este caso significa que, después de agotada la vida laboral, debe tener garantizada una vida en dignidad, realizada a través de una pensión para su subsistencia y la de su familia. A través de maniobras legales, en Colombia se birla este derecho. La reforma de Colpensiones es el más reciente zarpazo contra quienes trabajan.

El gobierno de Juan Manuel Santos continúa la conspiración contra las pensiones. Con el propósito perverso de marchitar, es decir, eliminar definitivamente el régimen de prima media, dictó el Decreto 4121 de 2011, cambiándole la naturaleza jurídica a Colpensiones, entidad creada mediante Decreto 4488 de 2009 –por demás en forma extemporánea, como Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente– con el ánimo de reemplazar al ISS en pensiones régimen de prima media con prestación definida.

Al cambiarle de naturaleza jurídica a esta entidad, el gobierno nacional transforma la naturaleza de la seguridad social en pensiones sin estar facultado para ello, y, además, modifica la esencia de este órgano gestor de la seguridad social, al darle el carácter de entidad financiera, propio de los fondos privados que administran el régimen de ahorro individual con solidaridad. Sin importarle el riesgo al que somete la seguridad social en pensiones, el Gobierno violenta la Constitución Política de 1991 (art. 48) y la Ley 100 de 1993 (arts. 31 y 52).

De esta manera, ahora nos aprestamos a la más agresiva reforma pensional, conforme lo han propuesto los gremios económicos y Asofondos, por medio de la cual se le niega cualquier esperanza de futuro a quienes trabajan, a las juventudes que apenas ingresen en el mercado laboral. Esto es así, toda vez que, por la inestabilidad laboral y los bajos salarios que caracteriza en la actualidad al mercado laboral, estas personas no estarán en capacidad de acumular el capital, requisito esencial de los fondos privados para otorgar una pensión.

Por mandato constitucional y legal, el Seguro Social es la institución de los trabajadores con capacidad legal, vocación y experiencia para la prestación de la seguridad social, con la facultad para administrar y otorgar las pensiones en el régimen de prima media con prestación definida. Pero el Gobierno y el Congreso, bajo presión de los gremios económicos y de los fondos privados de pensiones, y atendiendo el mandamiento neoliberal, impiden cada día el acceso a una pensión de quienes laboran, actuando para ello a través del incremento de la edad para el retiro del trabajo, aumentando el número de semanas por cotizar, disminuyendo los valores de la mesada y transformando muchos otros derechos del régimen general de pensiones.

Para avanzar por esta nefasta vía, reforman la Constitución, promulgan leyes y expiden decretos, como la Ley 100 de 1993, la 797 de 2003, el Acto Legislativo 01 de 2005, en abierta conspiración contra los derechos de la Seguridad Social en pensiones.

Estado fallido en salud y algo más

El modelo económico-político que realizan el Ejecutivo y el Legislativo, nos ha precipitado, no sólo en seguridad social sino en muchos otros aspectos, a un Estado fallido.

Esa es la conclusión de un sereno y desapasionado análisis comparativo del mandato constitucional y los tratados internacionales frente a los desarrollos normativos que en la práctica sufrimos los colombianos, en lo laboral, la salud, las pensiones, la accesibilidad a la educación pública superior y muchos otros temas, razón de ser de un Estado Social de Derecho y una real democracia que proteja ante todo los derechos fundamentales.

Colombia es un Estado fallido en salud porque el Ejecutivo, el Legislativo y los gremios económicos sólo buscan beneficiarse de los muertos por la no atención eficiente y oportuna a la que tenían derecho y, de los sufrimientos de miles y miles de compatriotas que esperan que se acaten los mandatos constitucionales y sentencias de la Corte Constitucional, como la T. 760 de 2008 y la C. 252 de 2010.

También lo es en seguridad social, en especial a partir de 1990, porque el paquete de normas en seguridad social y laboral, tales como la Ley 50 de 1990, la 789 de 2002 y la 1429 de 2010, quebrantaron la columna vertebral de la estabilidad laboral, y castraron la seguridad social en cesantías y pensiones; en general, se dejó indefensos a los trabajadores ante la mezquindad de las armas del capital, ampliando además las jornadas en horas extras diurnas, nocturnas y días festivos, en muchos casos sin remuneración.

Fallido asimismo porque la Ley 100 de 1993 entregó los derechos fundamentales de la salud, las pensiones y los riesgos profesionales como vulgar mercancía al capital privado para rentar en el mercado de oferta y demanda, para luego dividir y debilitar el Instituto de los Seguros Sociales con sevicia, manipulación y toda clase de engaños a la opinión pública, utilizando muchas veces para ello el aparato represivo al desalojar a sus trabajadores cuando éstos ocupan edificios y otros espacios en procura de la defensa de sus derechos.

De todas estas desgracias dan cuenta con sus denuncias públicas la Contralora General de la Nación, Sandra Morelli las organizaciones medico-científicas, las organizaciones sociales, y multitud de columnistas de prensa, revistas y otros. Pero, sin excepción, los responsables de esta usurpación al conjunto social continúan en sus cargos, algunos en campaña, y en el interior y el exterior del país se revelan e incitan a la conspiración contra la nación, sin que la justicia haya ejercido su acción legal, como debe ser.

Reto ciudadano

En este panorama de hechos inconstitucionales es deber ciudadano, como constituyente primario, convocarnos en una organización con inteligencia que nos permita volver nuestra patria por caminos de justicia, equidad social y acatamiento a las instituciones.

El esmero por nuestra salud, las pensiones con dignidad, la educación y la distribución adecuada de la riqueza nacional, como cultura para la dignidad humana, que nos permita una patria para todos, tiene que ser fruto de la confianza que en nosotros mismos desarrollemos.

No entendemos ni aceptamos por qué resignarnos a no pensar, a no proponer nuestro propio destino, cuando incluso tenemos la norma rectora constitucional que no puede ser el simple texto para caprichosas e interesadas interpretaciones sino el compromiso de cada uno de los colombianos para liberarnos de los miedos y el terror con que nos gobiernan y coartan nuestros derechos y libertad a elegir un futuro con dignidad.

Por Federación Mixta de Pensionados de Antioquia


Recuadro

Diferencias de la prestación entre regímenes pensionales

Prima Media con prestación definida
*El afiliado no asume ningún riego financiero, lo protege y respalda el Estado *Obtiene la pensión cumpliendo un número de semanas cotizadas y una edad establecida (en este momento 55 para mujeres y 60 para hombres, y 1.200 semanas cotizadas). *Valor de mesada acorde con la base de cotización nunca inferior a un salario mínimo. *El Estado protege y responde por la pensión *Aportes del afiliado van a un Fondo común *Hay sustitución definida para la familia
Ahorro Individual
*El afiliado asume todo el riesgo financiero de la inversión que realiza al fondo privado de pensiones. *Acumular un capital que garantice la pensión del afiliado acorde con la característica de pensión elegida (programado, vitalicia y/o vitalicia programado) *Edad, 62 y 57 o menos años de acuerdo al ahorro hecho. *El ahorro estará sujeto a variaciones de los fondos. *La mesada está acorde con el capital acumulado y variaciones *La familia gozará de sustitución pensional hasta agotarse el capital

Información adicional

Pensiones
Autor/a: Federación Mixta de Pensionados de Antioquia
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